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Calendario del contribuyente para autónomos Enero 2019

9/01/2019

Arrancamos el nuevo año y con el nuestras obligaciones con la Agencia Tributaria. El autónomo tiene la obligación de realizar declaraciones trimestrales y anuales a hacienda por la compra/venta de productos o servicios ligados a su actividad económica.

Hay que tener en cuenta que este mes de enero, coincide con el cierre trimestral y anual de algunos de los modelos a cumplimentar, si te interesa disponer del calendario fiscal completo de 2019 puedes acceder a el a través del siguiente enlace: Calendario del contribuyente 2019

• Declaración trimestral del IVA, debiendo presentar el modelo 303 hasta el día 20 de los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero. Si cotizas en módulos deberás presentar la parte relativa al régimen simplificado de IVA en el modelo 303. Si realizas operaciones intracomunitarias también deberás presentar el modelo 349.

• Declaración trimestral del IRPF, debiendo presentar el modelo 130 si tributa por estimación directa o en el 131 si tributa por módulos, hasta el día 20 en los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero.

• Declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta en caso de haberlas efectuado. Tendrás que presentar estas declaraciones si tienes trabajadores contratados, si subcontratas a otros profesionales autónomos que te pasen facturas con retenciones del irpf o si tienes alquilado un local u oficina cuya factura incluya retención.En esos casos, trimestralmente deberás presentar el modelo 111(retenciones a trabajadores y profesionales) o el modelo 115 (retenciones de alquieleres) y pagar a Hacienda el importe de la retención que figura en las nóminas de tus trabajadores, en las facturas de tus colaboradores autónomos o en la factura de tu local. El plazo es hasta el día 20 de los meses de enero, abril, julio y octubre.

• Declaraciones resumen anuales, de carácter informativo y recapitulativo, a presentar en el mes de enero, tanto sobre retenciones e ingresos a cuenta (modelos 180, 190) como sobre el IVA (modelo 390).


• Declaración anual de operaciones con terceros, a presentar en el modelo 347 del 1 al 28 de febrero, indicando aquellas personas o entidades, clientes o proveedores, con los que en el año anterior el conjunto de operaciones realizadas haya superado los 3.000 euros.


• Declaración anual del IRPF, a presentar mediante el modelo D-100 desde el 2 de mayo hasta el 30 de junio.

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