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Las 4 sanciones de Hacienda más habituales a los Autónomos

21/11/2019

En esta entrada, te mostramos las 4 sanciones más comunes en las que puedes caer como autónomo, casi, sin darte cuenta, para que evites, a toda costa, los errores que te llevan a ellas.

1.-No realizar el pago correcto del resultado de la presentación de un Impuesto trimestral.
Pongamos como ejemplo los modelos 303 y 130. Son modelos que debemos realizar trimestralmente. Y es posible, que en alguna de estas ocasiones, y por las prisas y falta de tiempo que padecen los Autónomos, se cometa un error en la realización del modelo tributario.

Este error, que provocará haber pagado de más o de menos (lo más probable), y por lo tanto, declarar un resultado incorrecto, será considero como una infracción tributaria por la Agencia Tributaria que podría imputarte una sanción.

Ejemplo:

En la realización de un impuesto trimestral, introduces y tienes en cuenta un gasto, que realmente, no es deducible ya que no tiene relación directa con la actividad de tu negocio.

Estarás generando mayores gastos en el modelo, y por lo tanto, el importe del impuesto a pagar, disminuirá.

O bien, el lado contrario. Una Factura de Venta realizada hace unas semanas ha sido traspapelado y no la has encontrado en el momento de realizar el impuesto trimestral.

En este caso, estarás disminuyendo los ingresos reales en el impuestos.

Ante estas posibles situaciones, el proceso de la Agencia Tributaria es la de la regularización del modelo tributario, quitando el gasto no deducible e introduciendo la factura de venta que se traspapeló. De esta forma, volver a calcular el resultado real del impuesto.

La sanción empieza en este momento. De la diferencia entre el resultado nuevo y el anterior la Agencia Tributaria aplicará una sanción (Dependiendo de la consideración que tenga: leve, grave o muy grave).

En cualquier caso, el porcentaje de la sanción podría oscilar del 50% al 150%.

En el mejor de los casos, y ante una diferencia de un modelo al otro de 250€ por ejemplo, el importe de la sanción seria de 125€.

Como ves, son importes considerables, que pueden trastocar un poco los resultados del trimestre en tu negocio.

Por ello, es importante y vital tener toda tu documentación organizada y controlada. Así como constatar los gastos que realmente son deducibles en tu negocio.

2.-No presentar a plazo el impuesto trimestral correspondiente.

En pleno trimestre no puedes olvidar que tienes que hacer frente a las declaraciones trimestrales y hacerlo, además, en plazo. Tienes hasta el día 21 de octubre (ya que el 20 cae en domingo) para presentar los modelos correspondientes al tercer trimestre de 2019:

  • Modelo 111 de retenciones del IRPF practicadas a trabajadores, profesionales y empresarios.
  • El 115 para la declaración trimestral de las retenciones practicadas a los alquileres de inmuebles urbanos (locales, oficinas y naves) en los que desarrollas tu actividad.
  • El modelo 303 del IVA.
  • El 349 declara las operaciones intracomunitarias que hayas realizado en el transcurso del trimestre.
  • Modelo 130 para la autoliquidación del pago fraccionado del IRPF. Y si tributas en Módulos, para esta misma autodeclaración, presentarás el modelo 131.

Y tienes hasta el día 31 para entregar el modelo 179, la declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
¿Y qué pasa si presentas cualquiera de estas declaraciones a las que estás obligado fuera de plazo?

Sanciones de Hacienda a las que hacer frente

Hay dos opciones de partida:

  • Si entregas el modelo antes de que te llegue un requerimiento de Hacienda, los recargos irán aumentando en proporción al tiempo en que tardes en presentar la declaración.

Si ese retraso es menor de 3 meses, deberás sumar el 5% sobre el pendiente a liquidar, si te retrasas entre 3 y 6 meses debes aplicar un recargo del 10%, entre 6 y 12 meses hablamos del 15%.

A partir de 12 meses el recargo será del 20% sobre el pendiente de liquidar más los intereses de demora. Hablamos de añadir el 3,75%.

  • Y si te llegase el requerimiento de Hacienda hablaremos de una infracción que podrá ser calificada como leve, grave o muy grave.

En este caso la cuantía de la sanción irá aumentando según la gravedad de la infracción siendo la más leve pagar el 50% del montante que se debe (más la cuantía debida, por supuesto) y la muy grave hasta el 150% de lo debido.

3.-No realizar tus libros contables obligatorios.

Aquí viene otro de los grandes problemas. En muchas ocasiones, el Autónomo y al ser persona física, no se plantea realizar una contabilidad de su negocio, ya que se cree que no es necesario. (Y tan sólo refleja, cuando tiene tiempo el fin de semana, sus ingresos y gastos en un pequeño Excel).

Si bien es cierto, el Autónomo no debe realizar una contabilidad tan exhaustiva y profunda como una Sociedad, si es obligatorio y para todos los Autónomos, que realicen y dispongan de un registro "legal y verídico" de todos los ingresos y gastos realizados y obtenidos durante un año.

Por ello, la Agencia Tributaria exige que se realicen los Libros Registro.

En caso contrario, la sanción podría ser de 150€.

4.-No realizar tus Facturas de Venta correctamente.

Como Autónomo, y en la captación de tus ingresos, todas las operaciones de venta o prestación de servicios deberán ir acompañadas de una Factura de Venta.

La Factura, es el documento legal y con obligaciones fiscales más importante en tu negocio. Además, es el contrato que realizan las dos partes (Comprador y Vendedor).

Por ello, y ya sea una Factura ordinaria o Simplificada, deben estar perfectamente confeccionadas, apareciendo todos los datos y conceptos necesarios para que así sea.

El aspecto más importante a tener en cuenta es que las Facturas deben llevar una numeración correlativa y sin ningún salto. Es decir, si tu primera factura del año es FV001-2017, las siguientes deberán ser FV002-2017, FV003-2017, etc...

Además, deberás registrar correctamente todas tus Facturas de Venta en el libo de registro de Facturas Emitidas.

Si ante una inspección de la Agencia Tributaria comprueban que tus Facturas de Venta no cumplen con los requisitos legales y fiscales necesarios, o bien, existen saltos de números en tu registro de facturas, la sanción percibida podría ser de 150€.

Si resumimos estos 4 posibles casos, nos encontramos con la siguiente situación:

1-No realizar el pago correcto en un impuesto: Posible sanción de 125€

2-No realizar el pago de un impuesto en el plazo: Sanción de 200€

3-No realizar los libros contables oficiales: Sanción de 150€

4-No realizar correctamente tus Facturas: Sanción de 150€

Como ves, y ante una posible inspección de la Agencia Tributaria, el importe de la sanción podría llegar a los 625€

¿Qué te parece? Como Autónomo ya sabes lo que cuesta ganar cada euro.

Por todo ello, es de vital importancia trabajar de una forma profesional en tu negocio. Con responsabilidad y organización en toda tu documentación y con los trámites tributarias con terceros.

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